El Boletín Oficial de Canarias de este sábado, 13 de marzo, publica el Acuerdo del Gobierno de Canarias por el que se regulan medidas específicas y temporales para las islas de Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Estas nuevas medidas restrictivas entrarán en vigor a las 00:00 horas de este lunes, día 15, y podrán modificadas o anuladas si la situación epidemiológica en cada una de las islas así lo aconseja.
Entre las principales medidas, que se encuentran en un nivel intermedio entre el nivel de alerta 2 y el nivel de alerta 3, afectan a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, que se establece entre las 22:00 y las 06:00 horas, salvo para la realización de las actividades recogidas en el apartado 1.5.2 del Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020 y sus sucesivas actualizaciones.
También se fija en cuatro, salvo que se trate de convivientes, el número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre.
En el ámbito de la hostelería y la restauración, las terrazas al aire libre estarán al 50 por ciento de su aforo, mientras que en el interior el aforo será del 50 por ciento. El número de comensales por mesa no podrá superar los 4, el consumo en barra se hará en grupos de máximo 2 personas y el cierre completo del establecimiento, incluido el servicio de recogida en el local y entrega a domicilio, deberá ser antes de las 22:00 horas.
El decreto establece que estas medidas son de aplicación especial y prevalente respecto del Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, por lo que el resto de medidas no especificadas en el Decreto de hoy están en vigor en estas y en el resto de islas.