El Consejo de Ministros ha aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado de este sábado, 14 de mayo, una modificación a la disposición final cuarta del Real Decreto 6/2022, que eliminaba la autorización administrativa previa para las instalaciones de regasificación que tuvieran como destino principal la alimentación de gas natural en estado gaseoso a centrales térmicas. Esta medida afectaba a la ley de hidrocarburos, que regula el mercado gasista de gas natural en estado gaseoso, cuya competencia es estatal.
De esta manera, se da cumplimiento al compromiso adquirido por parte de la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, con el presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres, y el consejero regional de Transición Ecológica, José Antonio Valbuena, para modificar el texto inicial.
El consejero regional del Área, José Antonio Valbuena, señaló que “desde el Gobierno de Canarias solicitamos una modificación al texto por considerar que en nuestra planificación energética no está contemplada ninguna forma de mercado gasista” y aclara que para los usos que se puedan dar en las Islas “en ningún momento se vendería gas natural en estado gaseoso, ya que podría dar la sensación que dicha disposición final cuarta se imponía a la planificación elaborada en Canarias, lo que generaba cierta inseguridad”.
En este sentido, Valbuena explicó que las centrales térmicas funcionan en régimen de autoconsumo y no precisan de autorización administrativa, ya que la propia central transforma el gas suministrado en estado líquido al estado gaseoso para alimentar los grupos que generan la electricidad.
Desde el Gobierno de Canarias se consideraba necesaria una modificación del texto, ya que con la redacción inicial se podía interpretar que no se contemplaban las competencias de Canarias a la hora de diseñar su transición energética.
“Con la nueva redacción queda claro que en todo momento se debe tener en cuenta el marco competencial de ambas administraciones, la estatal y la canaria, y, por lo tanto, ya no existe riesgo alguno de que se implante una regasificadora que abra la puerta a alguna forma de mercado gasista sin el visto bueno del Ejecutivo regional, que debe tenerlo contemplado, en su planificación”, apuntó el consejero, que recordó que “como en la planificación elaborada por la Comunidad Autónoma no se contempla esa posibilidad y queda claro que no se podrá desarrollar la disposición final cuarta, mientras no se modifique la planificación energética de Canarias”.
Con esta modificación, destacó, se elimina cualquier tipo de duda o incógnita que pudiera surgir sobre una posible modificación de los planes de transición energética que el Gobierno de Canarias ha trazado.