El Gobierno central prohíbe los despidos por el COVID19 y simplifica los ERTEs

El Consejo de Ministros aprueba hoy un Real Decreto por el que se adoptan medidas en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados de la #COVID19. Son medidas complementarias, que refuerzan las ya aprobadas el pasado 17 de marzo.

Entre las medidas se establece que no esta justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el #COVID19. El Gobierno ya aprobó un mecanismo específico, simplificado y ágil, para que las empresas puedan suspender los contratos temporalmente o reducir la jornada si su actividad se ve resentida.

Además, el RDL aprobado establece que suspender los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá alargar su duración; el objetivo es que también estos contratos se mantengan vigentes hasta que concluya la crisis sanitaria.

De igual forma, se concreta en el nuevo Real Decreto de Ley el mecanismo para que la prestación por desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE y se garantiza la percepción de la ayuda desde el momento en que se produce la falta de actividad.

Sociedades cooperativas. Cuando su Asamblea General no se pueda celebrar de forma virtual por falta de medios, el Consejo Rector asumirá la competencia para aprobar el #ERTE y emitirá la certificación correspondiente para tramitarlo.

El RDL establece una precisión respecto a la obligación de mantenimiento del empleo para algunas actividades artísticas: Después de 6 meses tras la reanudación de la actividad deberán tener al menos el mismo nº de contratos indefinidos que tenían cuando tramitaron el ERTE.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprobará las causas alegadas para los #ERTE. En caso de solicitudes falsas e incorrecciones, el empresario/a podrá ser sancionado y deberá devolver las cuantías percibidas.

Por otra parte, los centros sanitarios y de cuidado de mayores y personas dependientes deberán mantener su actividad durante la situación de crisis sanitaria tanto si son públicos como si son privados por tratarse de servicios esenciales.

En cuanto a la contratación pública para hacer frente al #COVID19 este RDL recoge que se tramitará por el procedimiento de urgencia y establece medidas específicas para agilizar la contratación durante la crisis sanitaria, particularmente con el exterior. En este sentido cabe indicar que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Universidades, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Política Territorial y Función pública han puesto en marcha una acción urgente coordinada para incrementar el número de profesionales sanitarios extranjeros en disposición de trabajar en España con carácter inmediato.