El concejal de Deportes de Los Realejos, Benito Dévora, informa que “en este atípico 2020 para la actividad deportiva del municipio marcada por la emergencia sanitaria, no sólo se han mantenido ayudas a clubes y deportistas de la localidad, sino que se ha incrementado desde 220.000 hasta los 238.000 euros las partidas de las correspondientes subvenciones”. Tras destinar 150.000 euros en concepto de subvenciones nominativas, desde este jueves 26 de noviembre y hasta el 11 de diciembre se podrán presentar clubes y deportistas individuales de la localidad a los 88.000 euros con que se han dotado las subvenciones anuales de concurrencia competitiva.
“Sigue siendo notable el esfuerzo económico del Ayuntamiento de Los Realejos en materia de apoyo económico directo a nuestros deportistas, teniendo en cuenta incrementos del 7,14% en subvenciones nominativas y del 10% en las subvenciones competitivas que nos ocupan en estos días y para las que hacemos un llamamiento generalizado a clubes y deportistas que puedan optar a ellas cumpliendo los requisitos establecidos en las bases ya disponibles a través de la web municipal www.losrealejos.es”, detalla el alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez.
Según el concejal de Deportes, “a pesar de la situación vivida en este año por la Covid19 y la paralización temporal e interrupción de competiciones y actividades deportivas, en ningún momento perdimos el contacto con las entidades y deportistas de la localidad y hemos tratado siempre de mantener con ellos, fundamentalmente de manera telemática en estas circunstancias, las pertinentes reuniones y encuentros de trabajo con total predisposición a la colaboración, prueba de ello el citado incremento económico o la coordinación de horarios para el uso de los espacios deportivos municipales bajo las nuevas medidas higiénico sanitarias impuestas”.
“Los costos que acarrea a nivel competitivo el desplazamiento y dietas de quienes tienen que desplazarse a otros lugares para disputar sus encuentros y competiciones son algunas de las indicaciones establecidas en las bases a justificar para acceder a este tipo de ayudas», agrega el edil, quien incide nuevamente en el mensaje de que “estos y estas deportistas están siendo embajadores constantes de Los Realejos fuera de él, dando la cara en citas deportivas de ámbito más allá del municipal bajo el apellido de realejeros y realejeras”.
Explica el concejal de Deportes que «en el caso concreto de estas subvenciones de concurrencia competitiva, se presentan clubes y al mismo tiempo deportistas individuales, siendo valorados, según las bases, por diferentes criterios, como los méritos obtenidos en las tres últimas temporadas en competición y en objetivos del año, entre otros aspectos”.
Son gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo de ejecución establecido como licencias de los deportistas, mutualidad y seguros, arbitrajes, gastos de desplazamientos, gastos de alojamiento y manutención, gastos de reconocimiento previo, atención médica y fisioterapia, retribuciones a personal técnico, material deportivo para competición y entrenamiento, equipaciones deportivas, gastos de formación técnica o cualquier otro gasto que esté directamente relacionado con la actividad subvencionada.
Podrán solicitar subvención las asociaciones deportivas sin ánimo de lucro, que figuren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del municipio de Los Realejos, así como deportistas con carácter individual que figuren en el padrón municipal de Los Realejos, que realicen la actividad objeto de subvención durante el ejercicio 2020 (1 de enero a 31 de diciembre) y que reúnan los siguientes requisitos:
- Figurar debidamente inscritos en el Registro de las Entidades Deportivas de Canarias.
- Certificar la participación en competiciones organizadas por las diferentes federaciones deportivas.
- Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva en el caso de ayuda a deportistas.
- Desarrollar la actividad deportiva en el término municipal de Los Realejos, salvo excepciones justificadas.
- No estar incurso en alguna de las causas determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber justificado las ayudas económicas recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Los Realejos.