«La Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció la interrupción de plazos en las licitaciones y para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Esta suspensión de plazos en el ámbito de la contratación del sector público es muy perjudicial, no sólo para las empresas licitadoras, sino para la economía y el mantenimiento del empleo. La relevancia económica de la contratación pública es indudable, sirviendo para impulsar la innovación, proporcionar servicios públicos de calidad, promover la integración social o incrementar la productividad, afectando al nivel de bienestar de los ciudadanos.
Para evitar un deterioro mayor en las empresas licitadoras de contratos del Sector Público, incluso con la posibilidad de su propia desaparición, es necesario que se levante, de forma inmediata la suspensión de los plazos en la tramitación de los procedimientos de licitación. Si se continúan licitando y adjudicando contratos del sector público, las empresas contratistas, cuando se levante el estado de alarma, se van a encontrar con unos contratos adjudicados en los que tan sólo haría falta su formalización para empezar a desarrollar la actividad. Además, la adjudicación de un contrato administrativo, a ejecutar una vez se levante el estado de alarma, es una garantía de continuidad de la actividad, del mantenimiento del empleo y también para el acceso al crédito y los préstamos ICO que se están tramitando. Además, la actividad que se desarrolla, tanto por la Administración como por la empresa, es toda telemática y se puede hacer de forma remota.
Desde FEPECO solicitamos que se sigan tramitando las licitaciones hasta la adjudicación del contrato y que la formalización y ejecución del mismo se produzca una vez se levante el estado de alarma. Incluso cabría la posibilidad de que, la propia adjudicataria del contrato, a la vista de sus posibilidades, ubicación geográfica, y mejora de las condiciones de movilidad, pueda ser capaz de ejecutar el contrato durante el estado de alarma, eso sí, con las condiciones sanitarias debidamente establecidas.
Además, sería positivo que se aprobasen reducciones de plazos de tramitación de Informes, especialmente los medioambientales, exigiéndose las garantías medioambientales, pero que se acepten por actos comunicados, no que se espere por los informes favorables, que se eternizan en el tiempo. También ayudaría la creación de una Cámara de Arbitraje, al margen del tribunal económico, donde se resuelvan amistosamente los recursos entre empresas, que demoran las adjudicaciones en más de 1 año. En algunos casos. Debería resolverse un alzamiento de plazos para todo lo referente a tramitación de licitaciones, y que se pudiese estar presente por videoconferencia, admitiendo todos los documentos por vía telemática, ya que no existe pérdida de derechos en las reclamaciones por hacerse telemáticamente.»