El Consejo de Gobierno ha aceptado la delegación de competencias de los ayuntamientos de San Miguel de Abona y de Alajeró para la evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación urbanística municipales, además de, en el caso del segundo municipio, la competencia de evaluación de impacto ambiental de proyectos que deba tramitar y autorizar ese ayuntamiento.
La Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC) establece que la aprobación, modificación sustancial y adaptación de los instrumentos de ordenación territorial, ambiental y urbanística se someterá al procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas, en los términos contemplados en la legislación básica estatal. Pero también que los ayuntamientos puedan delegar, en el órgano ambiental autonómico o el órgano ambiental insular, la competencia de evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación municipales.
En esa línea, el Decreto ley 15/2020, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias, dio nueva redacción a la LSENPC, habilitando la posibilidad de delegación directa de la competencia para la evaluación ambiental de instrumentos o proyectos en el órgano ambiental autonómico.
De ahí que ambos ayuntamientos hayan acordado ejercer esa capacidad y delegar en el órgano ambiental de la Administración autonómica las citadas competencias a través de acuerdo de sus plenos, una delegación que hoy ha aceptado el Consejo de Gobierno.